Formulario

I-589

Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción

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Quién Puede Presentar su Solicitud Ante USCIS

Usted puede presentar su Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Remoción de asilo afirmativo con USCIS si no es ciudadano estadounidense, y:

  • Nunca se le ha expedido un Número A; o
  • Se le expidió un Número A, pero usted no está actualmente en procedimientos de EOIR (vea la sección Quién Puede Presentar Ante USCIS para más información sobre cómo verificar si está en procedimientos de EOIR); o
  • Usted está en procedimientos de remoción y actualmente es, o se determinó previamente que era, es un «menor extranjero no acompañado” (UAC).

No puede presentar su Formulario I-589 con USCIS si actualmente usted está en procedimientos de remoción ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR), a menos que usted sea actualmente, o se determinó previamente que es un UAC, como se define en 6 U.S.C. § 279(g)(2). Debe presentar su Formulario I-589 con EOIR si está en procedimientos ante un juez de inmigración o ante la Junta de Apelaciones de Casos de Inmigración (BIA) y no es y nunca se determinó que sea un UAC.

Los siguientes pasos le ayudarán a verificar si está en procedimientos ante EOIR:

  • Primer paso: ¿Se le emitió un Número de Registro de Extranjero (Número A)? El Número A empieza con la letra “A”, seguida de ocho o nueve dígitos (por ejemplo: A123456789). Este número está impreso en la correspondencia y documentos del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) o EOIR, incluidos USCIS, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) y el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).
  • Segundo paso: Si se le emitió un Número A, verifique si usted está en procedimientos ante EOIR:
    • Llame a la línea directa de Información Automatizada de Casos de EOIR sin costo en Estados Unidos al 800-898-7180 (TDD 800-828-1120) o 304-625-2050 (llamada telefónica local), o
    • A través del sistema en línea de Información Automatizada de Casos de EOIR.
  • Tercer paso: Si la línea directa o el sistema en línea de EOIR tiene información sobre su nombre y próxima fecha de audiencia, entonces, su Formulario I-862, Notificación Sobre Comparecencia (NTA) ha sido presentado y colocado en la lista de casos de EOIR. Si usted desea solicitar asilo, debe presentar su Formulario I-589 con EOIR. Para saber dónde debe presentar su Formulario I-589 con EOIR:
    • Use la línea directa o el sistema en línea de EOIR para conocer la dirección del tribunal dónde debe presentar su Formulario I-589.
    • También puede encontrar información del tribunal de inmigración en la página web del Departamento de Justicia.
  • Cuarto paso: Si actualmente está en un procedimientos de EOIR y se le pidió que proporcionara información biométrica y biográfica a USCIS para su Formulario I-589 presentado ante EOIR, por favor, consulte las Instrucciones para Presentar Ciertas Solicitudes en el Tribunal de Inmigración y para Proporcionar Información Biométrica y Biográfica al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (PDF, 178.54 KB) y la Sección XII, Dónde Presentar la Solicitud, de las Instrucciones del Formulario I-589 (PDF, 143.6 KB), saber cómo enviar esta información.

Importante: Si presenta su Formulario I-589 en otro lugar que no sea en el tribunal de inmigración identificado por la línea directa o sistema en línea de EOIR, EOIR rechazará su Formulario I-589 y le enviará un aviso que especificará la dirección donde debe enviar su Formulario I-589. Si presenta su Formulario I-589 con USCIS, podríamos rechazar su formulario. Si no sigue estas instrucciones y cualquier instrucción adicional que DHS o EOIR le haya dado, su Formulario I-589 podría ser rechazado o cerrado, o podría tomar más tiempo procesar su Formulario I-589.

Para obtener información adicional sobre cómo solicitar asilo mientras está en procedimientos de EOIR, consulte la sección Proceso de Defensa de Asilo con USCIS en la página web Obtener Asilo en Estados Unidos.

Cómo Presentar la Solicitud con USCIS

Si usted es elegible para solicitar asilo con USCIS como se indica en la sección arriba, puede presentar su Formulario I-589 con USCIS en línea o por correo postal, según su situación. La dirección postal para presentar su solicitud impresa dependerá de su lugar de residencia y si usted está sujeto a las Instrucciones Especiales de Presentación. (Vea a continuación).

Para determinar si debe presentar su Formulario I-589 con USCIS en línea o enviarlo por correo, utilice nuestra Herramienta de Instrucciones de Presentación.

Aviso: Usted no puede presentar en línea y debe presentar su Formulario I-589 por correo postal si:

  • Es actualmente, o se determinó previamente que es un menor extranjero no acompañado (UAC) según se define en 6 U.S.C. § 279(g)2). Los menores extranjeros no acompañados deben presentar su solicitud por correo postal a la dirección indicada en la tabla a continuación para asegurarse de que identifiquemos su Formulario I-589 apropiadamente.
  • DHS le emitió previamente un Formulario I-862, Notificación de Comparecencia (NTA), pero nunca ha estado en procedimientos de EOIR. Puede presentar su Formulario I-589 ante USCIS por correo postal. Para obtener más información sobre cómo USCIS procesará su Formulario I-589, consulte nuestra página Qué Sucede Después de Presentar el Formulario I-589 con USCIS.
  • Su solicitud de asilo se cataloga bajo una de las siguientes categorías:
    • Pérdida del estatus derivado después de la aprobación de asilo, pero antes de un ajuste de estatus (Nunc Pro Tunc)
    • Pérdida del estatus ederivado después de la presentación inicial, pero antes de una decisión final
    • Presentación simultánea como solicitante principal y solicitante derivado
    • Acción final emitida anteriormente por USCIS sobre un Formulario I-589
    • Anteriormente estuvo en procedimientos en un tribunal de inmigración

Aviso: Consulte la sección de Instrucciones Especiales a continuación para obtener más información sobre cuándo debe presentar el Formulario I-589 en el Centro de Investigaciones de Asilo, así como para las instrucciones de envío. Si tiene que enviar un Formulario I-589 al Centro de Investigaciones de Asilo, no puede enviarlo en línea ni por correo a las localidades indicadas en la tabla a continuación.

Dónde Presentar la Solicitud con USCIS por Correo Postal

Si usted no tiene que presentar su Formulario I-589 con el Centro de Investigaciones de Asilo según se indica en la sección de Instrucciones Especiales de esta página, entonces use esta tabla para saber a dónde enviar su Formulario I-589.

Si usted vive enEntonces presente su solicitud en el:
  • Florida
  • Georgia
  • Maryland
  • New Jersey
  • Pennsylvania
  • Texas

Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Dallas 

Servicio Postal de EE. UU. (USPS)

USCIS
Attn: I-589 (Box 653080)
P.O. Box 653080
Dallas, TX 75265-3080

Entregas por mensajería FedEx, UPS y DHL:

USCIS
Attn: I-589 (Box 653080)
2501 S. State Highway 121 Business Suite 400
Lewisville, TX 75067-8003

  • Cualquier otro estado o territorio

Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Chicago

Servicio Postal de EE. UU. (USPS):

USCIS
Attn: I-589
P.O. Box 6893
Chicago, IL 60680

Entregas por mensajería FedEx, UPS y DHL:

USCIS
Attn: I-589 (Box 6893)
131 S. Dearborn St., 3rd Floor
Chicago, IL 60603-5517

Esta información ha sido recopilada directamente de la página web oficial de USCIS. www.uscis.gov

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